
Rechazo de pliegos de Lijo y García Mansilla
- ALERTA!Caballero de DíaNoticias
- 4 de abril de 2025
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Columna de Natalia Salvo
Este viernes en Caballero de Día (AM 530, Somos Radio), Natalia Salvo dedicó su editorial a los rechazos en el Senado de los pliegos de los jueces Manuel García-Mansilla y Ariel Lijo, designados por decreto por el presidente Javier Milei. La abogada recordó que el mecanismo establecido por la Constitución Nacional para nombrar integrantes de la Corte Suprema de Justicia es el que establece el artículo 99, inciso cuarto: “es un acto de designación complejo”, explicó, porque requiere la intervención del Poder Ejecutivo, el Senado y la aprobación del cuerpo legislativo bicameral. “Esto no fue así. El 26 de febrero de este año el presidente de la Nación designó por decreto a estos jueces en comisión”, remarcó.
Salvo aclaró que la figura del nombramiento en comisión está prevista solo cuando el Congreso se encuentra en receso y para cubrir vacantes de manera provisoria, aunque en este caso ni siquiera eso estaba justificado. “Dos días después se iniciaba la Asamblea Legislativa, el primero de marzo, con lo cual ya no habría ninguna urgencia”, subrayó. Sobre la situación institucional de García-Mansilla, explicó: “juró a espaldas de todo el pueblo, como sucedía en la dictadura. Entonces ya estaba dentro”, y remarcó que su designación fue rechazada con 51 votos en contra y 43 a favor.
Respecto a la judicialización del caso, señaló que se presentaron numerosas acciones para controlar la constitucionalidad del decreto 137/2025. “¿Quién dirime esa constitucionalidad? El Poder Judicial, claro”, afirmó, y detalló que las causas recayeron en el juzgado de Alejo Ramos Padilla. “El gobierno intentó a través del Procurador del Tesoro que lo tenga el fuero contencioso administrativo de la Ciudad, pero le dijeron que no. El juez Ramos Padilla anotó todos los procedimientos que empezó a entender como proceso colectivo, porque entendió que se había vulnerado el derecho constitucional de acceso a la justicia y el principio republicano de gobierno”.
En ese sentido, citó el fallo de Ramos Padilla dirigido a García-Mansilla, en el que el juez afirma: “Sostener que no es posible revisar la validez constitucional de un decreto del Poder Ejecutivo Nacional por el cual se ha designado a dos jueces en comisión implica privar de jurisdicción a los actores, en este caso todos nosotros y nosotras. Es incongruente presentar este control como un conflicto de competencia entre tribunales”. Además, el juez distinguió entre una designación por receso parlamentario y una hecha por falta de acuerdo político: “no es lo mismo designar un juez debido al receso del Senado que hacerlo por falta de acuerdos políticos”, subrayó Salvo, retomando sus palabras.
Finalmente, alertó sobre la posibilidad de una batería de nulidades si García-Mansilla continúa actuando como juez: “salió esta medida cautelar que dice ‘por tres meses te tenés que abstener de entender en las causas que están en trámite en la Corte Suprema de Justicia’”. Y cerró con una advertencia sobre las consecuencias institucionales: “Esto no es una cuestión menor. Si aceptamos que el presidente puede nombrar jueces por decreto, después puede nombrar jueces de cámara, de primera instancia, y así sucesivamente. Termina la República. Es un verdadero desastre sin república”.