Estabilidad del empleado público, afuera
- Caballero de DíaColumnas
- 24 de octubre de 2024
- 112
Columna de Natalia Salvo
En su columna para el programa Caballero de día, la abogada Natalia Salvo advirtió sobre la grave situación que enfrentan los empleados públicos en Argentina debido a las recientes medidas laborales aplicadas por el gobierno de Javier Milei.
“Desde agosto, diferentes organismos del Estado, como la AFIP y el Ministerio de Justicia, han implementado resoluciones que están generando preocupación y movilización en los gremios. Estas acciones se amparan en la Ley de Bases 27.742, que permite la reorganización y reestructuración de reparticiones estatales, afectando directamente a los trabajadores de planta permanente”, señaló la abogada al inicio de su editorial.
Salvo expresó con claridad su postura frente a la Resolución Nº 1 del Ministerio de Regulación: “La medida atenta contra la estabilidad del empleo público, un principio constitucional que se consagró en 1957”. Esta estabilidad, explicó la facultativa, se refiere a la protección de los empleados de planta permanente, cuya función es cumplir con tareas esenciales del Estado, independientemente de los cambios políticos. “Este principio, originado en los debates en los que participó Crisólogo Larralde, establece que el Estado no puede tocar la planta permanente”, subrayó.
Para Salvo, el problema radica en que el Gobierno ha encontrado una vía para “sortear esta protección constitucional” a través del régimen de disponibilidad creado por la Resolución Nº 1, que afecta directamente a los empleados de planta permanente, algo que “no se veía desde los años 90´, con la Ley 23.696 de Reforma del Estado”. Este régimen pone a los empleados en una situación en la que pueden ser trasladados o incluso perder su estabilidad laboral.
La abogada también hizo hincapié en que esta medida no solo tiene implicancias jurídicas, sino que también es una cuestión política. “El Gobierno ha introducido modalidades de contratación fraudulentas”, señaló, aludiendo a figuras como el artículo 9, que permite contrataciones transitorias que no siempre responden a necesidades temporales. Además, mencionó el uso del monotributo y la locación de servicios como formas de precarizar a los empleados de planta permanente.
A nivel gremial, Salvo destacó la presión que se está ejerciendo sobre los delegados sindicales, particularmente en el Ministerio de Justicia, para que renuncien a su tutela sindical, violando sus fueros. “Esta situación es especialmente grave”, afirmó, ya que los delegados desconocen si sus renuncias se verán seguidas de acuerdos de retiro voluntario.
Finalmente, Salvo concluyó que la resolución es “inconstitucional”, pero insistió en que el problema central es político. Aunque se contempla que los trabajadores en situación de disponibilidad continúen percibiendo su salario, en la práctica es improbable que sean reubicados, lo que los llevaría a un régimen de indemnización similar al del sector privado, “una violación de la estabilidad en el empleo público, consagrada constitucionalmente”.