Magistrados del COPAJU expresaron su profunda preocupación ante la criminalización de personas en situación de calle
- ALERTA!Noticias
- 30 de agosto de 2024
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El Comité Panamericano de Juezas y Jueces por los Derechos Sociales y la Doctrina Franciscana advirtió sobre el ataque a los derechos de quienes se ven forzados a vivir en la vía pública.
“Estamos ante la creación de una ‘categoría sospechosa’ para una intervención estatal coercitiva, que es discriminatoria para las personas en situación de calle, que ya tienen –por omisión estatal– vulnerados de manera preexistente sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales”, afirmaron desde el Comité Panamericano de Juezas y Jueces por los Derechos Sociales y la Doctrina Franciscana (COPAJU) acerca de las normas y los fallos judiciales que afectan los derechos de las personas en situación de calle.
Para la asociación de magistradas y magistrados inspirados en las ideas del Papa Francisco, la nueva producción de normativa legal llevada adelante en CABA bajo el nombre de “Protocolo de atención a personas en situación de vulnerabilidad habitacional con padecimientos de salud mental y/o consumo problemático”, criminaliza a quienes se ven forzados a vivir en la vía pública al aplicarles, de forma arbitraria y compulsiva, políticas de internación en salud mental.
Dicho protocolo fue publicado el 6 de marzo pasado por la Legislatura Porteña, oficializando un instrumento que “permite a funcionarios policiales y del Poder Ejecutivo de esa Ciudad a que, por solo tomar contacto con una persona en situación de calle con indicio o cuadro compatible con un padecimiento mental y/o una situación de consumo problemático de sustancias, lleven adelante un procedimiento para el traslado compulsivo a un hospital para una evaluación de salud mental, sin autoridad judicial que lo disponga”.
Ante esto, COPAJU realizó una declaración el 26 de agosto en donde advirtió sobre la catalogación de las personas en situación de calle como “’molestas en el espacio público’, silenciando, de esta manera, una historia de postergaciones y olvidos de los poderes públicos”. Asimismo, el Comité observó que el panorama abordado no sólo se desarrolla en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sino también en la República Oriental del Uruguay y la Corte Suprema de EEUU.
“Una injusticia social naturalizada”
La Junta Directiva del Comité Panamericano de Juezas y Jueces por los Derechos Sociales y la Doctrina Franciscana, presidida por el juez Roberto Andrés Gallardo, señaló que el gobierno uruguayo decidió seguir la misma dirección que el gobierno porteño, a través de la sanción de la Ley 20.729 de Prestación de Asistencia Obligatoria por parte del Estado a las Personas en Situación de Calle.
Esta norma, entrada en vigencia el 26 de agosto, estableció que “las personas de cualquier edad, que se encuentren en situación de intemperie completa, con riesgo de graves enfermedades o incluso con riesgo de muerte, podrán ser llevadas a refugios u otros lugares donde puedan ser adecuadamente asistidas, aun sin que presten su consentimiento, siempre que un médico acredite por escrito la existencia de alguno de los riesgos indicados en la presente disposición y sin que ello implique la privación correccional de su libertad”.
Frente a las normativas argentina y uruguaya, el Comité destacó que las medidas no forman parte de una política universal de salud mental, sino que únicamente están dirigidas a las personas en situación de calle, “por lo cual su implementación podría tener una finalidad distinta y estar destinada centralmente a desocupar el espacio público”.
Asimismo, en su declaración, COPAJU compartió las palabras que el Papa Francisco brindó durante el discurso que dio en el Vaticano, en ocasión de la creación del propio Comité, el 4 de junio de 2019: “Hoy vivimos en inmensas ciudades que se muestran modernas, orgullosas y hasta vanidosas. Ciudades –orgullosas de su revolución tecnológica y digital– que ofrecen innumerables placeres y bienestar para una minoría feliz… pero se les niega el techo a miles de vecinos y hermanos nuestros, incluso niños, y se los llama, elegantemente, ‘personas en situación de calle’. Es curioso cómo, en el mundo de las injusticias, abundan los eufemismos”.
“Dormir es una necesidad biológica, no un crimen”
Por último, el Comité Panamericano de Juezas y Jueces por los Derechos Sociales y la Doctrina Franciscana mencionó el fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos del 28 de junio, en la causa “City of Grant Pass, Oregon v. Johnson Et Al., on behalf of themselves and all others similarly situated”.
En este caso, el tribunal “decidió que la aplicación de leyes de carácter general que regulan el campamento en propiedad pública no constituye un castigo cruel e inusual prohibido por la Octava Enmienda”. Al respecto, COPAJU subrayó que “dicho fallo convalida normativa de la ciudad de Grant Pass (Oregon) que prohíbe dormir en lugares públicos utilizando elementos de resguardo tales como mantas o bolsas de dormir, acampar en propiedad pública y dormir en vehículos estacionados en la vía pública, con sanciones de aplicación progresiva (multa, prohibición de acceso a parques públicos, y hasta pena de prisión de hasta treinta días)”.
Ante las medidas llevadas adelante por los gobiernos de los distintos países mencionados, el Comité insiste en que los Estados americanos “revisen esta normativa y las decisiones judiciales que aplican arbitrariamente políticas de internación en salud mental y/o criminalizan a las personas en situación de calle”, recordando que “el deber de los Estados es tomar medidas positivas para la protección del derecho a vivir con dignidad”.